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¿Cómo recuperar la Afore de una persona fallecida? Beneficiarios, quiénes son y cómo designarlos.

Ene 27, 2025 | Por: Amafore

Lectura: 2 min | Información: General

¿Qué pasa con el dinero en la Afore cuando una persona fallece?

Cuando una persona con una cuenta en la Afore fallece, su dinero no desaparece; es heredable y puede ser reclamado por sus beneficiarios/as, quienes pueden acceder a una pensión o a sus recursos, según sea el caso.

Este proceso está diseñado para garantizar que los ahorros del trabajador sigan siendo de su propiedad, al transferirse a sus  herederos en caso de fallecimiento.  Actualmente existen dos tipos de beneficiarios: legales y designados.

Beneficiarios legales

De acuerdo con la Ley del Seguro Social, los Beneficiarios Legales son aquellas personas que tienen derecho a disponer de los recursos de la cuenta Afore del trabajador fallecido en forma de pensión otorgada por el IMSS. La Ley del Seguro Social establece quiénes pueden ser beneficiarios. Estos pueden ser:

  1. Esposa/concubina o esposo/concubinario: si éste dependía económicamente de su pareja.
  2. Hijos: menores de 16 años o mayores de esa edad si no pueden mantenerse por su propio trabajo, o hasta los 25 años de edad en caso de estar estudiando.
  3. Padre o madre: si vivían en el hogar del titular de la cuenta.
Beneficiarios designados

Los Beneficiarios designados son aquellas personas que el trabajador elige específicamente para recibir los fondos que no están destinados a una pensión, como el ahorro voluntario. En caso de que no existan beneficiarios legales, todos los recursos pasarán a las y los Beneficiarios designados.

  • Cabe mencionar que antes de la reforma a la Ley del Seguro Social de 2020, cuando se estableció que el propio trabajador puede designar a los beneficiarios/as que quiera, existían los beneficiarios sustitutos, quienes a falta de beneficiarios legales tuvieran elementos para solicitar a un juez que los designara como tales.

Desde el 1° de enero de 2021 la ley estableció que, en caso de fallecimiento del trabajador o pensionado, los beneficiarios designados en la Afore pueden recibir los recursos de la cuenta individual que no estén destinados para una pensión.

Si el trabajador designó específicamente a alguien como beneficiario/a en los contratos con la Afore, esas personas tienen derecho a recibir el dinero en la proporción que el trabajador estipuló. No tienen que ser necesariamente familiares directos del trabajador y se pueden elegir hasta 5 beneficiarios de Afore y otorgarles un porcentaje. En cualquier momento se pueden modificar tanto beneficiarios/as como porcentajes.

¿Cómo designar a tus Beneficiarios?

Es crucial que actualices regularmente a tus beneficiarios y los porcentajes asignados para asegurar que tus deseos se cumplan en caso de fallecimiento. Asimismo, es importante que tanto tú como tu familia tengan clara la Afore a la que estás afiliado así como los requisitos que se deberán cumplir para reclamarla en caso de fallecimiento. 

Designar a tus beneficiarios desde AforeMóvil o AforeWeb es muy sencillo. Aquí te explicamos cómo hacerlo paso a paso:

  1. Entra al portal AforeWeb e inicia sesión con tu usuario y contraseña. O bien Abre la app AforeMóvil
  2. Entra a la sección ‘Mi perfil’, haciendo clic en tu foto de usuario en la esquina superior izquierda.
  3. Verás tus datos en pantalla. Haz clic en ‘Modificar datos’.
  4. Valida tu identidad tomándote una selfie.
  5. Ubica el apartado ‘Beneficiarios’ y haz clic el ícono de lápiz para editar la información.
  6. Escribe la CURP de la persona que deseas registrar como beneficiario/a.
  7. Decide qué porcentaje de tus ahorros quieres asignar a esa persona.
  8. Haz clic en ‘Registrar Beneficiarios’ para confirmar y listo.

Si quieres agregar a otra persona beneficiaria, selecciona el ícono de “+” que aparece en la parte superior derecha y repite los pasos.

¡Así de fácil es asegurar que tus seres queridos estén protegidos!

¿Qué debes hacer si eres beneficiario?
  1. Contacta a tu Afore: Es importante acercarte a la Afore para obtener información sobre cómo solicitar los recursos si ya eres beneficiario.
  2. Requisitos y documentos: Para reclamar los recursos, necesitas:
    • Tener derecho a una pensión por parte del IMSS (si eres beneficiario legal), o bien haber sido designado como beneficiario por el titular en su Afore.
    • Formato de designación de Beneficiarios: es el documento donde el trabajador indicó quiénes son sus beneficiarios. Si no lo hay, se debe presentar la resolución, concesión de pensión o laudo que declare quiénes son los beneficiarios.
    • Acta de defunción del titular de la cuenta: documento que prueba que el trabajador ha fallecido.
    • Identificación oficial del beneficiario.
    • Documento que acredite la relación del beneficiario con el titular (acta de matrimonio, acta de nacimiento, etc.).
    • Resolución de pensión en caso de ser beneficiario pensionado.
    • Documento de la Afore que acredite los recursos en la cuenta.

Pasos para realizar el trámite

  1. Obtener Resolución de Pensión: Si eres beneficiario legal, acude a la Subdelegación del IMSS para que te emitan la Resolución de Pensión.
  2. Ir a la Afore: Visita la Afore donde estaba registrado el trabajador fallecido con los documentos que te acrediten como beneficiario. Llena el formato de Disposición de Recursos que te darán ahí.
  3. Esperar resolución: La Afore revisará la documentación y, si todo está en orden, procesará la solicitud. Esto puede tardar algunos días o semanas, dependiendo del caso.
  4. Recibir recursos: Una vez aprobada la solicitud, la Afore entregará los recursos correspondientes a los beneficiarios, generalmente a través de una transferencia bancaria o cheque.

 

¿Qué recursos se entregan a los Beneficiarios Legales?

Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 73:

  1. Retiro 97: Recursos acumulados a partir del 1 de julio de 1997.
  2. Vivienda 97: Recursos acumulados a partir del 1 de julio de 1997.
  3. SAR 92: Recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997.
  4. Vivienda 92: Recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997.

 

Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 97:

  1. SAR 92: Recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997.
  2. Vivienda 92: Recursos acumulados del 1 de mayo de 1992 al 1 de julio de 1997.

 

Si no tienes derecho a una pensión:

En este caso, se entregarán todos los recursos en una sola exhibición.

Las personas que registres como beneficiarios designados tendrán derecho a recibir los recursos de tu cuenta Afore que no están destinados al pago de una pensión. Serán los de las siguientes subcuentas: 

  • Retiro 92
  • Retiro 97 (Solo aplica para trabajadores bajo la Ley 73 del IMSS. La entrega de los recursos está sujeta al cumplimiento de los requisitos que establece la Ley del Seguro Social y a las características de cada caso).
  • Vivienda 92 y Vivienda 97 (En caso de que no hayas tenido un crédito hipotecario)
  • Ahorro Voluntario

El plazo para dicha reclamación es de 10 años; en caso de no ejercerse dicho derecho, el dinero junto con los rendimientos pasarán automáticamente al IMSS.

Designar beneficiarios en el Seguro Social

https://www.imss.gob.mx/faq/como-registrar-beneficiario

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